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Centros ocupacionales
El Centro Ocupacional tiene como finalidad el desarrollo de las habilidades profesionales, personales y sociales de las personas cuya discapacidad les impide, de forma provisional o definitiva, integrarse laboralmente. (Centros ocupacionales Comunidad de Madrid)
Solicitud de plaza
Los impresos de solicitud de plaza en estos centros se recogen y tramitan en el Centro de Servicios Sociales Municipal que corresponda por razón del domicilio del solicitante.
Requitos generales
- Ser español o extranjero residente en el territorio de la Comunidad de Madrid, o ser transeúnte español o extranjero residente en cualquier territorio de la Unión Europea y que se encuentren, si son transeúntes, en evidente estado de necesidad y protección social. Los extranjeros transeúntes no residentes en la Unión Europea podrán acceder a estos Centros de acuerdo con lo dispuesto en los vigentes Tratados Internacionales y demás normativa aplicable.
- Acreditar la residencia en la Comunidad de Madrid, excepto en los casos de transeúntes que soliciten plazas con carácter temporal o cuando estén afectados por una situación de emergencia.
- Tener reconocida la condición legal de minusválido.
- Estar afectado de una deficiencia mental.
- Necesitar, a causa de su minusvalía y de sus circunstancias personales y familiares, de la atención en cualquiera de estos Centros, para conseguir su integración social.
- No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en centro hospitalario.
- En caso de solicitudes de plazas de carácter temporal, deberá justificarse documentalmente la necesidad del ingreso que se solicita.
Requisitos para CENTROS OCUPACIONALES
- Padecer una deficiencia mental ligera, moderada, o severa sin transtornos graves asociados que impidan desarrollar una actividad ocupacional.
- La adjudicación de plaza en estos Centros a las personas con deficiencia mental ligera tendrá carácter temporal, hasta tanto puedan ser integradas en empresas ordinarias o centros especiales de empleo o equivalentes.
- Tener una edad comprendida, en el momento de formalizar la correspondiente solicitud, entre los 18 y los 60 años. Con carácter excepcional se podrá rebajar la edad a los 16 años, ante la imposibilidad de continuar el proceso educativo en un Centro de Educación Especial.
Solicitud de plaza
Los impresos de solicitud de plaza en estos centros se recogen y tramitan en el Centro de Servicios Sociales Municipal que corresponda por razón del domicilio del solicitante.
Requitos generales
- Ser español o extranjero residente en el territorio de la Comunidad de Madrid, o ser transeúnte español o extranjero residente en cualquier territorio de la Unión Europea y que se encuentren, si son transeúntes, en evidente estado de necesidad y protección social. Los extranjeros transeúntes no residentes en la Unión Europea podrán acceder a estos Centros de acuerdo con lo dispuesto en los vigentes Tratados Internacionales y demás normativa aplicable.
- Acreditar la residencia en la Comunidad de Madrid, excepto en los casos de transeúntes que soliciten plazas con carácter temporal o cuando estén afectados por una situación de emergencia.
- Tener reconocida la condición legal de minusválido.
- Estar afectado de una deficiencia mental.
- Necesitar, a causa de su minusvalía y de sus circunstancias personales y familiares, de la atención en cualquiera de estos Centros, para conseguir su integración social.
- No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en centro hospitalario.
- En caso de solicitudes de plazas de carácter temporal, deberá justificarse documentalmente la necesidad del ingreso que se solicita.
Requisitos para CENTROS OCUPACIONALES
- Padecer una deficiencia mental ligera, moderada, o severa sin transtornos graves asociados que impidan desarrollar una actividad ocupacional.
- La adjudicación de plaza en estos Centros a las personas con deficiencia mental ligera tendrá carácter temporal, hasta tanto puedan ser integradas en empresas ordinarias o centros especiales de empleo o equivalentes.
- Tener una edad comprendida, en el momento de formalizar la correspondiente solicitud, entre los 18 y los 60 años. Con carácter excepcional se podrá rebajar la edad a los 16 años, ante la imposibilidad de continuar el proceso educativo en un Centro de Educación Especial.