Utilizamos cookies propias y de terceros EXCLUSIVAMENTE para fines analíticos. Clica AQUÍ para más información. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar” o configurarlas o rechazar su uso pulsando la opción “Configurar”..

Aceptar

Si desea puede Configurar aquí las Cookies u obtener aquí más información.
Portal Inmigracion
Agenda
mes anterior Marzo mes siguiente año anterior 1940 año siguiente
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
    
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
       
Ver calendario
El carnet de conducir
  • Los extranjeros que se encuentren en España como turistas y deseen alquilar un coche, deberán tener el carne de conducir en vigor con hasta por lo menos 2 años de antigüedad de conductor y ser mayor de 23 años. Antes de viajar puede tramitar el carne de conducir internacional (solo se tramita en el país de origen) y hay que tener en cuenta que si esta en otro idiomas, necesitara adjuntar su traducción.
  • Para los extranjeros que estén residiendo en España, podrán utilizar el carne de conducir de su país de origen durante los primeros 6 meses desde el momento que le fue otorgada la residencia legal.
  • Finalizado dicho plazo, hay que tramitar el permiso de conducir español a menos que pertenezca a uno de los países que tienen convenio con España para el canje de los permisos de conducir.
     
  • También puede utilizar el sistema de cita previa de la Dirección General de Trafico, a través de Internet, siempre y cuando sea titular de un permisos de conducción expedidos en Argentina, Bulgaria, Colombia, Ecuador, Marruecos, Perú, Uruguay, Chile y Rumania., o podrá consultar la situación de su cita previa.


Obtener el permiso de conducir en España

Para obtener un permiso de conducción es necesario ser declarado apto en las pruebas teóricas, de destreza o de circulación, que correspondan para cada caso, por la Jefatura Provincial de Tráfico.
Para el permiso de la clase A solo se deberá superar con aprovechamiento un curso de formación.
 

REQUISITO DE EDAD

  • 15 años: para el permiso AM (ciclomotores).
  • 16 años: para el permiso A1.
  • 18 años: para los permisos A2, B, B+E, BTP, C1 y C1+E.
  • 20 años: para el permiso A y dos años de antigüedad del permiso de la clase A2.
  • 21 años: para los permisos C, C+E D1 y D1+E.
  • 24 años: para los permisos D y D+E.

 

DOCUMENTACIÓN

1º. Solicitud: en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico en el que se incluye la declaración de que no se está privado por resolución judicial del derecho a conducir y de que no se posee otro permiso de la UE o del EEE de igual clase que el solicitado o que haya sido restringido, suspendido o anulado.
2º. Tasa II.1: 86,80 € (una tasa por cada permiso que se solicite) II.3: 26´60 € para el permiso BTP, si sólo se debe de hacer prueba teórica y el permiso A.
3º. Acreditación de identidad y residencia:

  • DNI o pasaporte: original en vigor
  • Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte junto con el certificado de inscripción en el registro central de extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor
  • Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.

4º. Informe de aptitud psicofísica telemático anotado en el Registro de Conductores por un centro de reconocimiento para conductores.
5º. Fotografía: una original de 32 x 26 mm. en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
6º. Talón foto: cumplimentado y firmado en el recuadro correspondiente.
7º. Permiso de conducción que posea (español o de un país de la UE o del EEE): original y fotocopia
 
Ver la página de la DGT