Utilizamos cookies propias y de terceros EXCLUSIVAMENTE para fines analíticos. Clica AQUÍ para más información. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar” o configurarlas o rechazar su uso pulsando la opción “Configurar”..

Aceptar

Si desea puede Configurar aquí las Cookies u obtener aquí más información.
Portal Inmigracion
Programa sobre inmigración de la Mancomunidad

El nuevo Reglamento que desarrolla la L.O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, atribuye nuevas competencias a las Comunidades Autónomas y/o a las Entidades Locales en la emisión de determinados informes de integración, necesarios para la tramitación de algunas autorizaciones administrativas de residencia y/o trabajo.

En el caso de nuestra Mancomunidad desde el Programa de Atención a Personas Inmigrantes, se gestionan dos tipos de informes, el de arraigo y el de adecuación de la vivienda para la reagrupación familiar.

INFORME DE ARRAIGO:

Este informe es necesario en caso de no tener vínculos familiares en primer grado y en línea directa con extranjeros residentes. Ahora bien, cuando el interesado pretenda que se le exima de la presentación del contrato, requisito obligatorio para la obtención de la residencia por arraigo, serán necesarios ambos documentos, es decir, solicitar el informe y acreditar los vínculos familiares con medios de vida suficientes. Mencionar que la residencia por arraigo está regulada para aquellos extranjeros sin autorización que demuestren una permanencia continua en España durante 3 años.


INFORME DE ADECUACIÓN DE LA VIVIENDA PARA REAGRUPACIÓN FAMILIAR:

Este informe es obligatorio para el trámite inicial de residencia por reagrupación familiar o su renovación, siempre cuando el interesado haya cambiado de domicilio. Si no consta cambio de domicilio al momento de la renovación, no es necesario presentar el informe. Lo que se exige al solicitante es la acreditación de una vivienda adecuada para atender a sus necesidades y a las de su familia.

Desde la Mancomunidad se realizan las visitas a domicilio requeridas, para la efectiva comprobación de la adecuación de la vivienda.


PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD:

Previo pago de las tasas correspondientes a Comunidad de Madrid, el interesado solicita mediante instancia general y a dirigiéndose a su trabajadora social de referencia, cualquiera de estos informes a través del registro general, ubicado en el Centro de Servicios Sociales, Avda. de Madrid, núm. 32, en Lozoyuela, interconectado con las cuatro UTS de la mancomunidad.

En la mayor brevedad de tiempo posible, se concierta una entrevista con el solicitante para la confección del informe y, en su caso, se efectúa la visita a domicilio cuando se trata de informe de adecuación de la vivienda para reagrupación familiar