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Cuando te quedas sola
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La Vida en soledad

La desaparición de la figura del cónyuge origina en muchos casos una sensible disminución de la actividad y la integración social del jubilado. Crecen la incertidumbre y las dudas que plantea el pensamiento hacia un futuro imaginado en solitario, en el sentido de que la persona percibe cómo carecerá del beneficio de la función instrumentalmente cuidadora y, además, prestadora de apoyo afectivo que hasta su fallecimiento procuraba en todo momento la pareja. El padecimiento de la soledad tras la viudez se concibe como una consecuencia relativamente natural para los seres humanos que han perdido a aquella persona con la que han compartido la mayor parte de su vida.
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Las pensiones

Cuando fallece un trabajador, su cónyuge tiene derecho a solicitar la pensión de viudedad siempre que el fallecido haya estado afiliado a la Seguridad Social y haya cotizado un periodo mínimo.
No se exige un periodo mínimo de cotización si el fallecimiento se produce por un accidente o por una enfermedad profesional. Para un trabajador en activo se comprueba si ha cotizado 500 días en los últimos 5 años.
Las parejas de hecho pueden solicitar la pensión si, entre otras condiciones, el fallecido no había estado casado antes, si han convivido más de 6 meses, o tienen hijos comunes. ...

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